Las denuncias por desaparición de personas, deben de ser recibidas en el acto por personal de la Policía Nacional del Perú, a fin de iniciar las diligencias correspondientes y dar con el paradero de la persona, recordó el jefe del módulo de la Defensoría del Pueblo en la provincia de San Román, Nivardo Enríquez Barriales.
Señaló que según el Decreto Legislativo N° 1428, las denuncias por desaparición de personas deben de ser recibidas de manera inmediata por el personal policial, y no esperar 24 horas para recién iniciar las diligencias.

“Si en una dependencia policial no se quiere recibir este tipo de denuncias, la ciudadanía puede presentar esta queja ante la Defensoría del Pueblo, porque tras la desaparición de una persona pueden ocurrir muchas cosas”, precisó.
A través de Pachamama radio, explicó que tras la denuncia, la Policía Nacional debe realizar el registro en el Sistema de Personas Desaparecidas, y luego, iniciar las investigaciones y diligencias que correspondan, en coordinación con el Ministerio Público.
