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Empleadores que no depositen CTS pueden pagar infracción de hasta 134 mil soles

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social de previsión que debe garantizar apoyo económico a los trabajadores despedidos o en otras circunstancias

Intendente regional de SUNAFIL, advierte sobre las multas por incumplimiento de empleadores en el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios

El intendente Regional de SUNAFIL, Johnny Sánchez Velarde, explicó la relevancia de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) tanto para empleados como empleadores, destacando que esta disposición está regulada por normativa. En caso de incumplimiento, el empleador podría enfrentar multas de hasta 134 mil soles.

Según Sánchez Velarde, la CTS es un beneficio social de previsión que debe garantizar apoyo económico a los trabajadores despedidos o en otras circunstancias de cese laboral. Este beneficio se aplica a todos los empleados del régimen privado.

El funcionario explicó que la CTS se deposita en dos ocasiones: «La primera oportunidad es de noviembre a abril, y el empleador debe depositar hasta el 15 de mayo. La segunda es de mayo a octubre, con depósito hasta el 15 de noviembre», mencionó en Valgan Verdades de Pachamama Radio.

Además, informó que se han llevado a cabo capacitaciones y orientaciones pertinentes. En consecuencia, se realizarán fiscalizaciones para verificar el cumplimiento de estas fechas. El incumplimiento de esta disposición se considera una infracción grave, con multas que van desde los 8 mil hasta los 134 mil soles. Por ello, es crucial cumplir con el pago íntegro de la CTS.

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