El gobierno publicó el reglamento de la ley 32990 sobre colaboración eficaz después de 23 meses, cuando la norma aprobada en marzo de 2024 exigía su emisión en un mes. La demora coincide con la apertura de investigaciones en la Fiscalía Anticorrupción sobre contrataciones irregulares en el Congreso, generando sospechas de blindaje institucional según analistas consultados.
El penalista Luis Lamas Puchó explicó que redactar un reglamento es más sencillo que una ley por su naturaleza procedimental. La dilación de casi dos años en un tema tan acuciante resulta inexplicable, considerando que aborda aspectos tremendamente controvertidos sin plantear soluciones eficientes ni eficaces para combatir la corrupción.
«Los errores y omisiones que contiene el reglamento son simple secuencia de los problemas que contiene la ley», afirmó Lamas Puchó. El experto advirtió que la normativa desprestigia el sistema de justicia al establecer plazos incompatibles con la complejidad de investigaciones sobre crimen organizado y corrupción transnacional.
Plazos restrictivos y riesgos institucionales
El reglamento establece un plazo máximo de 8 meses para declarar colaboradores eficaces, ampliable a 12 meses en casos de organizaciones criminales. Sin embargo, no existen antecedentes de colaboraciones eficaces conseguidas en dos meses en el Perú, según explicó el especialista durante la entrevista televisiva.
La norma fue diseñada originalmente para personas naturales, no para corporaciones o estructuras complejas. Investigar organizaciones criminales requiere cooperación judicial internacional, levantamiento de secreto bancario e interceptaciones telefónicas, procesos que pueden extenderse varios años y dificultan la corroboración de información en los plazos establecidos.
Lamas Puchó recordó el caso de un colaborador que intentó acogerse al procedimiento durante años sin que se materializara. Esa persona terminó asesinada mientras su juicio llevaba varios años en curso, evidenciando los graves riesgos que enfrentan quienes pretenden colaborar con la justicia en contextos de crimen organizado.
Reserva fiscal y amenazas a la libertad de prensa
El reglamento establece que la reserva de identidad y del proceso debe ser protegida bajo responsabilidad del fiscal. Si la prensa informa sobre procedimientos fiscales o personas implicadas, el fiscal pagará las consecuencias según establece la normativa, generando preocupación sobre restricciones a la libertad de información.
«Si no hubiera sido por la prensa, muchos casos de gran corrupción en las altas esferas del poder no se hubieran conocido», señaló Lamas Puchó. El experto destacó que la población conoce los escándalos por la habilidad de periodistas para obtener información, mientras funcionarios públicos ahora quedan protegidos por esta reserva.
La publicación del reglamento ocurre en un contexto de tensión entre el Ejecutivo y los medios. El Congreso autorizó modificaciones al Código Penal que criminalizan la labor periodística cuando se difunde información con relevancia policial o judicial, aunque el proyecto no ha sido promulgado hasta la fecha por razones políticas evidentes.
