El Jurado Nacional de Elecciones dejó firme la exclusión del candidato a la alcaldía de San Miguel, César Manuel Apaza Mamani, al declarar infundado su recurso de apelación. La decisión del máximo organismo electoral, publicada en el Expediente ERM 2026035207, confirma que el postulante de la alianza ASI – JP ocultó en su Declaración Jurada de Hoja de Vida una condena por usurpación agravada que lo inhabilita para postular.
La Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román documentó hechos de amedrentamiento y violencia en el Expediente 02851-2018-15-2111-JR-PE-01. El proceso judicial afectó severamente a comuneros y estudiantes de la I.E.I. 657 Hombre Huaty del distrito de Samán . La investigación determinó que Apaza Mamani y su familia ocuparon ilegalmente el predio en disputa.
El Poder Judicial emitió una sentencia condenatoria en segunda instancia contra el candidato. La pena impuesta fue de 5 años de pena privativa de libertad suspendida y una reparación civil de S/ 5 mil . La condena por usurpación agravada, que implica despojo con violencia, constituye un impedimento para acceder a cargos públicos.
La omisión que definió su destino
El punto decisivo para la exclusión fue la omisión de esta información en la Declaración Jurada de Hoja de Vida presentada ante el sistema electoral. El Jurado Nacional de Elecciones considera que la falta de consignación de una sentencia condenatoria firme vulnera el principio de transparencia . Esta omisión motivó el cuestionamiento de su candidatura y posterior tacha por parte del Jurado Electoral Especial.
La defensa del candidato argumentó que la sentencia no estaba firme y que fue emitida en segunda instancia tras una absolución previa. El candidato sostuvo que la disputa por terrenos pertenecía a su familia y que su hermano figura como titular del predio ante COFOPRI . Sin embargo, el JNE desestimó estos argumentos al considerar que la condena era válida y debía ser declarada.
El fallo final del JNE
Tras evaluar los argumentos de la apelación, el máximo organismo electoral declaró el recurso infundado. Esta decisión final confirma que César Manuel Apaza Mamani queda fuera de la carrera electoral en el distrito de San Miguel . El JNE reafirma su rol como ente que “arbitra con independencia, administra justicia electoral y garantiza la legalidad del proceso” .
La exclusión del candidato de la alianza ASI – JP genera un escenario incierto en la contienda electoral del distrito de San Miguel. La población exige explicaciones claras sobre cómo un postulante con este historial judicial intentó acceder a la alcaldía . Los vecinos cuestionan la contradicción entre el expediente judicial del precandidato y sus actividades de proselitismo.
Este caso evidencia el rigor con el que el JNE aplica la normativa electoral. La obligación de consignar sentencias condenatorias en la hoja de vida busca garantizar que los ciudadanos voten informados . La transparencia en la declaración de antecedentes judiciales se convierte en un filtro fundamental para acceder a cargos públicos.
La sentencia por usurpación agravada no solo afecta la candidatura de Apaza Mamani. El delito de usurpación, en su modalidad de despojo, tutela la posesión pacífica de un inmueble y excluye a quienes recurren a la violencia . La condena penal con suspensión de la pena no exime al sentenciado de cumplir con las consecuencias legales de sus actos.
El Jurado Nacional de Elecciones deja así un precedente claro sobre la exigencia de declarar todos los antecedentes judiciales. La decisión del JNE protege la integridad del proceso electoral y reafirma que la transparencia es un requisito indispensable. Los ciudadanos de San Miguel deberán elegir entre los candidatos que sí cumplieron con todas las exigencias legales.