El expresidente del Tribunal Constitucional Óscar Urviola afirmó que Pedro Castillo no tiene derecho a una pensión vitalicia. Explicó que la Ley N.° 26519 suspende este beneficio cuando existen procesos judiciales o acusaciones constitucionales, como las que enfrenta el exmandatario.
Urviola sostuvo que la suspensión responde a un hecho grave y remarcó: “Está suspendida como consecuencia de la acusación que recibió por parte del Congreso”. Recordó que el beneficio no debe confundirse con una jubilación, pues se trata de una renta vitalicia especial.
El magistrado aclaró que esta renta comprende no solo dinero mensual, sino también seguros médicos, vehículos oficiales y combustible. El beneficio se encuentra suspendido por mandato legal y no es una prerrogativa automática para todos los expresidentes del país.
Condiciones y cuestionamientos legales
Urviola advirtió que solo deberían recibir la renta quienes completan un mandato de cinco años sin cuestionamientos judiciales. Señaló que Castillo no reúne esas condiciones porque fue acusado constitucionalmente y enfrenta investigaciones penales que limitan su acceso a la pensión.
El exmagistrado rechazó la resolución judicial que respalda a Castillo y sostuvo: “Ningún error genera derecho”. Consideró inválido usar el caso de Alberto Fujimori como precedente y defendió la apelación presentada por el Congreso contra la decisión de primera instancia.
Urviola propuso una reforma constitucional para delimitar el concepto de expresidente y evitar abusos. Advirtió que el diseño actual del beneficio incentiva la inestabilidad política, ya que vicepresidentes o titulares del Congreso podrían buscar acceder brevemente al cargo solo para obtener privilegios.
Pedido de ejecución inmediata
Mientras tanto, la defensa de Castillo solicitará al Poder Judicial ejecutar de inmediato la sentencia que ordena el pago. El exmandatario busca cobrar S/ 15.600 mensuales, incluso si el Congreso decide apelar, lo que generaría un nuevo enfrentamiento político.
