El expresidente de la Asociación de Abogados de la provincia de San Román Augusto Condori Quispe, señaló que los incendios forestales están dentro del marco del delito penal y tiene una sanción, por contaminación del medio ambiente con una pena no menor de 4 años.
Sin embargo, si un delito culposo seria con una pena no menor de tres años, por ello debe ser evaluado por una fiscalía encargado en el medio ambiente y por oficio determinar si el incendio fue premeditado o culposo.
“Según el artículo N° 14 y 15 del artículo penal, dice que, si es una costumbre ancestral, hay eximiendo de responsabilidad y no habría pena, y dicen que están renovando el pastizal, pero eso ya es una materia normativa de la fiscalía”, indicó.
Finalmente señaló que existen tres tipos de investigación: Iniciativa de Parte, donde el agraviado puede denunciar a la autoridad competente, Acción Popular, donde cualquier persona puede hacer la denuncia, o la fiscalía puede abrir una investigación y buscar al responsable.
