El jurista Alejandro Salas se pronunció frente a la posibilidad de una candidatura presidencial del expresidente Alberto Fujimori, destacando las implicancias legales y constitucionales de tal escenario, subrayo que el artículo 34-A de la Constitución Política del Perú, introducido a través de una reforma constitucional, impide que cualquier persona sentenciada por delito doloso, incluso en primera instancia, pueda participar en un proceso electoral.
Fujimori, quien cumple con estos criterios debido a sus condenas, estaría legalmente impedido de postularse para cualquier cargo electoral. En conversación con Democracia Total de Pachamama Radio, Salas aclara que este impedimento no se trata de la retroactividad de la ley penal, sino de la aplicación de normas y reglas electorales donde prevalece el principio de preclusión. Esto significa que las leyes electorales vigentes al momento de la candidatura son las que deben aplicarse, sin posibilidad de retroactividad en beneficio del candidato.
El jurista enfatiza que si el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) permitiera la postulación de Fujimori, sus miembros estarían cometiendo “prevaricato”, un delito que consiste en dictar resoluciones contrarias a la ley. La participación política en el Perú, según Salas, debe estar regida por el respeto a las leyes y la Constitución, que claramente establecen excepciones a la regla general de participación política para aquellos condenados por delitos dolosos.
El abogado concluye que, aunque es fundamental que todos los candidatos que deseen participar en procesos electorales tengan la oportunidad de hacerlo, es igualmente crucial que se respeten las leyes y normas establecidas en la Constitución. En el caso de Fujimori, la Constitución es clara y su candidatura estaría impedida por sus antecedentes judiciales.
