El director ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT) desacata en Puno la orden del Juzgado de Trabajo de pagar beneficios sociales a los trabajadores, dispuesta en la Resolución 42 del 27 de mayo de 2026.
La Resolución 42 del Juzgado de Trabajo establece, bajo apercibimiento (advertencia de sanción ante el incumplimiento), que la entidad será multada con 10 unidades de referencia procesal, a favor de los trabajadores del PEBLT en la región Puno.
La multa de 10 unidades de referencia procesal será compulsiva y progresiva (obligatoria y creciente) si el PEBLT no paga los beneficios ordenados, y el monto podría aumentar día a día por el desacato a la orden judicial firme.
Trabajadores y Estado afrontan perjuicio por el incumplimiento
Los trabajadores del PEBLT sufren perjuicio por la negativa del director ejecutivo de cumplir la Resolución 42, que ordena el pago de sus beneficios sociales bajo multa compulsiva y progresiva en la región Puno.
El incumplimiento del director genera daño pecuniario (económico) al Estado peruano, con multas progresivas que se acumulan y afectan las finanzas del PEBLT tras la orden dictada el 27 de mayo de 2026.
El director ejecutivo del PEBLT debe cumplir de inmediato lo ordenado por el Juzgado de Trabajo y pagar a los trabajadores sus beneficios, para evitar que las multas continúen generándose.r
Redacción: Rony Cuyo