En un contexto de creciente tensión social, la justicia peruana nuevamente emite un fallo controversial contra la señora L. Pandia, sentenciándola a cinco años de pena suspendida por su participación en las protestas de febrero de 2023 en Puno. La resolución judicial levanta serias interrogantes sobre los límites del derecho ciudadano a la manifestación pacífica.
El caso se originó durante las movilizaciones sociales del 10 de febrero, cuando un grupo de manifestantes bloqueaba vías en Alto Puno. La intervención policial marcó un punto de inflexión en los acontecimientos, generando un enfrentamiento que derivó en la detención de Pandia L. por supuestos actos de confrontación con efectivos policiales.
La sentencia podría interpretarse como un mensaje intimidatorio para futuros manifestantes. La criminalización de la protesta social se evidencia en la condena que no solo afecta a Pandia L., sino que genera un precedente preocupante para otros ciudadanos que buscan expresar su descontento mediante movilizaciones públicas.
El fiscal Eddy William Cáceres Caxi presentó argumentos que respaldan una sentencia que muchos consideran desproporcionada. La resolución judicial impone restricciones severas, incluyendo reglas de conducta estrictas y una reparación civil al Estado, lo que podría disuadir futuras expresiones de descontento social.
Organizaciones de derechos humanos podrían ver esta sentencia como un ataque directo a las libertades civiles. La delgada línea entre protesta y alteración del orden público se vuelve cada vez más difusa, generando preocupación sobre la criminalización de la participación ciudadana en movimientos sociales.
El caso de Pandia L. representa un punto de inflexión en la interpretación judicial del derecho a la protesta. La sentencia genera un precedente peligroso que podría limitar la capacidad de los ciudadanos para manifestar su descontento, erosionando principios fundamentales de participación democrática y expresión social.