El Gobierno peruano transformó las reglas del servicio de serenazgo mediante el Decreto Supremo N.º 015-2025-IN, que establece concursos públicos obligatorios para el ingreso y el uso de cámaras corporales en intervenciones con equipos no letales, una medida que busca profesionalizar a los más de 40 mil serenos activos en municipios del país.
La modificación del Reglamento de la Ley 31297 incorpora evaluaciones físicas, psicológicas y de conocimientos como requisitos indispensables para quienes aspiren a trabajar en serenazgo municipal, eliminando así los procesos de contratación directa que predominaban en diversas jurisdicciones locales.
El decreto introduce restricciones específicas para el personal autorizado a portar pistolas eléctricas o de electrochoque, quienes no podrán tener medidas de protección en su contra ni figurar en el Registro Nacional de Agresores (RENAGI), garantizando así un perfil sin antecedentes de violencia interpersonal.
Los Centros de Capacitación de Serenos asumirán responsabilidades ampliadas con entrenamientos básicos, especializados y permanentes que incluirán prácticas en polígonos de tiro y uso de simuladores para equipos no letales, estandarizando la formación a nivel nacional.
La implementación de cámaras corporales se establece como obligatoria para todo sereno que porte armas eléctricas, permitiendo el registro audiovisual de sus actuaciones y fortaleciendo la rendición de cuentas ante posibles excesos o irregularidades en operativos callejeros.
El Ministerio del Interior dispondrá entre 60 y 90 días hábiles para desarrollar el Manual del Sereno Municipal, la guía de uso de medios de defensa y las especificaciones técnicas de cámaras y equipos, documentos que uniformizarán criterios operativos en las 1,874 municipalidades del territorio nacional.


