domingo 31, agosto 2025
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Carabaya: municipalidad de San Gabán no registró órdenes de compra y servicio en 2023

La Municipalidad de San Gabán omitió el registro en el Seace de 118 órdenes de compra y 177 de servicio entre enero y abril 2023, incumpliendo normativa

La Municipalidad de San Gabán no registró en Seace de enero a abril 2023, 118 órdenes de compra y 177 de servicio, vulnerando transparencia

La Municipalidad Distrital de San Gabán (Carabaya), no registró en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace), entre enero y abril de 2023, 118 órdenes de compra y 177 órdenes de servicio por montos iguales o inferiores a ocho unidades impositivas tributarias, equivalente a un aproximado de 39 mil 600 soles.

Esta situación limita el acceso a la consulta ciudadana, el ejercicio del control social de las actividades y acciones de los funcionarios y servidores públicos, así como, la supervisión y control que puedan ejercer otras entidades, respecto al uso correcto de los fondos públicos.

De la revisión efectuada a la documentación proporcionada por el OSCE y la Subgerencia de Análisis de Datos, se ha evidenciado que, a pesar de haberse vencido los plazos establecidos, el órgano encargado de las contrataciones de la entidad no registró en el portal web del SEACE, ninguna orden de compra y ninguna orden de servicio.

Cabe resaltar, que en el portal web del SEACE se deben registrar todas las órdenes de compra y de servicio, incluso aquellas que fueron anuladas, a fin de transparentar de manera oportuna la información sobre sus contrataciones; por lo que, la omisión antes mencionada vulnera el principio de publicidad que rige las contrataciones del Estado. 

Asimismo, es importante precisar que, la directiva 003-2020-OSCE/CD , vigente durante el período evaluado, estableció procedimientos dirigidos a la adopción de medidas correctivas, para los casos en los que se omita el registro en el SEACE de la información requerida en los plazos establecidos, situación que deberá ser valorada por cada titular, en el marco de su potestad disciplinaria, en atención a las situaciones presentadas en cada entidad. 

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