La gestión del alcalde de la Municipalidad Distrital de Desaguadero (Chucuito), Héctor Sarmiento Huayta, contrató a profesionales que excedían el total de cargos de confianza, asimismo, estos no cumplen con el perfil para asumir dichos cargos.
Un informe de la Contraloría General de la República, revela que dicha comuna superó el límite del 5 % del total de cargos o puestos existentes para las designaciones de servidores de confianza, situación que afecta la idoneidad de los procesos de contratación y el acceso a la administración pública.
Donde se advierte que la entidad solo debió designar en cargo de confianza únicamente a cuatro servidores. Sin embargo, de la visita realizada por la Comisión de Control, se identificó que la cantidad de empleados de confianza designados consta de siete servidores públicos, situación que difiere de lo indicado en el Cuadro de Asignación de Personal; asimismo, contraviene lo establecido en la Ley N° 31419.
Asimismo, la comuna de Desaguadero designó directivos públicos de libre designación y remoción, sin acreditar el cumplimiento de requisitos mínimos que lo sustentan, situación que limita el acceso a puestos que conlleven al cumplimiento de sus fines institucionales.
De la revisión efectuada a la documentación remitida por la jefa de la Unidad de Recursos Humanos, se advierte la existencia de 10 cargos de dirección en el segundo nivel, de los cuales cuatro son de libre designación y remoción de conformidad al Cuadro de Asignación de Personal: Asesoría Jurídica, Jefatura de Planificación y Presupuesto, Subgerencia de infraestructura Urbano y Rural, y la Subgerencia de Desarrollo Económico y Ambiental.
Respecto a los otros seis cargos y adicionalmente el cargo de Secretaria de Alcaldía, se debe señalar que, pese a que el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP-P de la Entidad estableció y definió los cargos de confianza, el titular de la entidad, designó sin la realización de concurso público, a través del régimen del D.L. N° 1057 y considerándolos directivos públicos de libre designación y remoción (CAS confianza) a los siguientes servidores: Gerente Municipal, Jefe de la Unidad de Tesorería, Jefe de la Unidad de Contabilidad, Jefe de la Unidad de Logística y Patrimonio, Secretario General y Secretaria de Alcaldía, y contrato al Subgerente de Desarrollo Humano Social a través de la modalidad de servicios no personales.
De allí, se advierte que siete servidores públicos no cumplen con los requisitos mínimos establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento.
Dicha comuna tampoco acreditó la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en la normativa legal aplicable para el acceso a la función pública de directivos públicos de libre designación y remoción.
Asimismo, no acreditó la revisión de la información contenida en registros y plataformas para la verificación de impedimentos para el acceso a la función pública; además no se advierte la presentación de declaraciones juradas de no tener impedimentos o no se evidencia su verificación posterior en caso hayan realizado su presentación.
Finalmente, la entidad mantiene desactualizado el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, el manual de clasificador de cargos; situación que impediría contar con directivos acordes con los fines públicos que persigue su contratación en la administración pública.