La Universidad Nacional de Juliaca (UNAJ), incurrió en irregularidades durante el “Concurso público para nombramiento de docentes 2023-I”, donde se publicaron 15 plazas disponibles, según revela un informe de la Contraloría General de la República.
Este ente da cuenta que en las bases del concurso público, la universidad ha establecido asignar puntaje adicional a los postulantes con experiencia docente en la misma universidad, hecho que limita la competencia en igualdad de condiciones para los postulantes con experiencia en docencia en otras universidades, afectando la legalidad y validez del concurso público.
-
Recomendados:
- Alcalde de Moho decretó tres días de feriado por festividad patronal contraviniendo normas vigentes
- Proyectos quedarán paralizados tras promulgación de ley que limita la ejecución de obras por administración directa
- Piden celeridad en actualización de expediente para ejecutar proyecto de sistema de riego Santa Lucía – Lampa
En las bases se establece que los postulantes obtendrán una puntuación adicional de hasta dos puntos, por ser o haber sido docente de la universidad, de acuerdo con los años computados. Este hecho podría poner en riesgo la legalidad y validez del concurso público de mérito, al haberse incluido en las bases criterios de evaluación o tratamientos diferenciados entre los postulantes para la acreditación de la experiencia en docencia universitaria, afectándose la igualdad de oportunidades para el acceso a la función pública.
Asimismo, en las bases y el reglamento del concurso público, la entidad no ha exigido la presentación de declaración jurada o documento equivalente para prevenir casos de nepotismo, situación que afectaría la trasparencia, meritocracia y la legalidad del concurso público.
No se ha incluido la presentación de la declaración jurada de no tener parentesco con servidores en la Universidad que gozan de la facultad de nombramiento y/o contratación de personal o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de nombramiento docente.
Igualmente, de la revisión a las bases del concurso público, no se ha previsto la presentación de la declaración jurada de no tener parentesco con servidores en la universidad que gozan de la facultad de nombramiento y/o contratación de personal o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de nombramiento docente.
También, en las bases del concurso público, respecto al requisito mínimo de la formación académica, la entidad no ha definido con precisión las profesiones “afines”; situación que afecta la transparencia del concurso público.
En allí se advierte que para las plazas con código: DACI-001 y 002, los requisitos mínimos indican “Ingeniero Mecatrónico o Ingenieros afines”; así también, para la plaza DACI-003, se precisa: “Ingeniero Ambiental y/o Forestal, Ingeniero Ambiental o afines”; del mismo modo, para las plazas con códigos DAIPI-01, DAIPI-02 y DAIPI-03, consignan: “Ingeniero Textil y/o de confecciones o Ingenieros afines”.
En ese sentido, no se identifica mayor información respecto a cuáles son las carreras afines que cumplirían con la formación requerida, situación que restaría objetividad y limitaría el tratamiento igualitario de los postulantes al Concurso; asimismo, la situación descrita podría afectar el principio de calidad académica, establecida en el artículo 5° de la Ley N.° 30220.
Finalmente, en el reglamento de concurso público, la entidad ha establecido que solo serán válidas las capacitaciones y actualizaciones emitidas por universidades, lo cual, podría afectar la igualdad de oportunidades en el concurso público.