La abogada constitucional Beatriz Ramírez cuestionó la validez de la resolución que restituye a Patricia Benavides como fiscal suprema, tras revelar que uno de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia no participó en la votación. El magistrado Tábara confirmó que no estuvo presente en el informe oral ni emitió su voto, según información de Ojo Público. La experta señaló que esto contraviene la jurisprudencia del Tribunal Constitucional establecida en el caso Falconí.
Ramírez explicó que la Junta interpretó erróneamente el concepto de unanimidad al considerar solo a los seis miembros presentes durante el informe oral. «Están prohibidas las abstenciones conforme al artículo 112.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo General», citó la abogada del fundamento 36 de la sentencia Falconí. Esta interpretación judicial establece que todos los miembros del órgano colegiado deben votar, sin excepción alguna.
La constitucionalista advirtió que esta situación podría generar una nueva controversia legal que llegue hasta el Tribunal Constitucional. «Si algún día completan los siete votos entonces nunca puede estar incompleta la Junta Nacional», enfatizó durante su participación en el programa Sin Medias Tintas. El caso se complicaría si Patricia Benavides solicita ser restituida como fiscal de la nación, no solo como fiscal suprema.
Precedente del Tribunal Constitucional genera conflicto
El Tribunal Constitucional estableció en el caso Falconí que las decisiones de nulidad de oficio requieren acuerdo unánime de todos los miembros del órgano colegiado. Ramírez recordó que esta jurisprudencia surgió cuando Falconí se quejó por la aplicación de una nulidad de oficio similar a la que ahora beneficia a Benavides. «Nos guste o no nos guste tenemos que regir por las interpretaciones constitucionales», subrayó la experta.
La resolución de la Junta señala expresamente que solo considera la unanimidad de quienes estuvieron presentes el día del informe oral. «Nosotros interpretamos que solo tenemos que hacer unanimidad con quienes estuvimos el día del informe oral», indica textualmente el documento. Esta interpretación contradice la jurisprudencia constitucional vigente según la cual nadie puede abstenerse de votar.
Ramírez cuestionó la parcialidad alegada por la Junta para anular la destitución de Benavides, especialmente el uso del testimonio de Jaime Villanueva. «Este señor no es un testigo confiable eso evidencia una parcialidad», argumenta la resolución de la Junta. Sin embargo, la constitucionalista considera endeble este argumento, ya que Villanueva también fue descartado como testigo en casos contra otros fiscales.
Precedente Falconí marca criterio para casos similares
La experta reveló que el caso Falconí establece un criterio aplicable a otros magistrados como Tomás Saladino Gálvez, quien también fue beneficiado con resoluciones similares. «Si en un plazo razonable la justicia no logra armarte un proceso penal no pueden haber restricciones», explicó citando el criterio del Tribunal Constitucional. Tres años después de los audios de los cuellos blancos, el sistema de justicia no logró armar un caso sólido contra Falconí.
Ramírez advirtió que la situación actual evidencia un problema sistemático en la administración de justicia peruana. «Los colegiados solitos autorrevisan sus decisiones para favorecerte», ironizó la constitucionalista sobre la excepcionalidad de estas decisiones. En sus quince años de ejercicio profesional, la experta aseguró no haber visto que los órganos colegiados se autorrevisaran para beneficiar a investigados.
La controversia legal podría extenderse varios meses mientras se define la validez de la resolución en instancias superiores. «Esto lo va a llegar a una corte a un juez constitucional», pronosticó Ramírez sobre el futuro del caso. Patricia Benavides y sus abogados ya adelantaron que se presentarán ante la Fiscalía de la Nación para solicitar su restitución completa.