ONPE sancionará con S/275,000 a colegios que nieguen sus locales

La medida, publicada en El Peruano, prioriza colegios y universidades por contar con aulas, patios y servicios que garantizan condiciones óptimas para albergar hasta 300 electores por mesa

Fredy Itusaca
Fredy Itusaca 15/06/2026

La ONPE impondrá una multa no menor de 50 ni mayor de 100 UIT, equivalente a S/275,000 como mínimo, a las instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, que incumplan con ceder sus locales para instalar mesas de sufragio durante los procesos electorales.

Así lo establece la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594, la cual modifica la Ley Orgánica de Elecciones para garantizar la disponibilidad de espacios adecuados en colegios, institutos y universidades de todos los niveles educativos.

La norma, que consta de 61 artículos, precisa que las oficinas descentralizadas designan los locales observando un orden de preferencia, donde las instituciones educativas son la primera opción por reunir condiciones favorables y óptimas para el desarrollo electoral.

Razones de la prioridad educativa

Los colegios y universidades cuentan con ambientes idóneos como aulas, patios y explanadas que permiten albergar un número significativo de electores, considerando que actualmente cada mesa de sufragio puede recibir hasta 300 votantes en óptimas condiciones de espacio.

Asimismo, la mayoría de estas instituciones posee cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos, lo que facilita resguardar el material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal electoral y a los encargados de la seguridad del proceso.

La resolución se publicó en el portal web de la ONPE el 5 de junio de 2026, y tras cumplirse el plazo de tres días para comentarios, no se recibió ninguna comunicación, por lo que la norma quedó firme para su aplicación en los próximos comicios.