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Poder Judicial de Puno anula siete concesiones mineras en Kelluyo por omisión a consulta previa en la zona aimara

La sentencia del 8 de abril de 2026 ordena al Viceministerio de Interculturalidad realizar la consulta previa antes de cualquier nueva emisión de concesiones

El Segundo Juzgado Mixto de Desaguadero declaró nulas siete concesiones mineras en Kelluyo otorgadas sin consulta previa a comunidades aimaras de Chucuito

El Segundo Juzgado Mixto de la provincia de Chucuito con sede en Desaguadero declaró fundada la demanda de amparo e igualdad nulas las siete concesiones mineras Kelluyo 01 al 07, otorgadas a Nueva Energía Metales S.A.C., por omisión inconstitucional a la consulta previa aimara.

La sentencia, emitida el 8 de abril de 2026 por el juez Marco Antonio Ticona Miranda, involucra a la Comunidad Campesina de Alto Aracachi Queluyo, la Comunidad de Chacocollo y su anexo Isca Chacocollo, frente al INGEMMET, el Ministerio de Energía y Minas, y la empresa concesionaria.

El juzgado determinó que el Estado omitió realizar la consulta previa al otorgar concesiones que «constituyen el primer eslabón de un proceso que culminará en actividades extractivas con impactos sobre el entorno y los derechos de terceros», según la resolución judicial.

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Territorios ancestrales, antecedentes y magnitud económica del conflicto

Las siete concesiones, solicitadas el 13 de diciembre de 2022, cubren un total de 6.400 hectáreas en territorio indígena aimara del distrito de Kelluyo, provincia de Chucuito, área titulada formalmente por el Ministerio de Agricultura desde el 16 de enero de 1995.

El Convenio 169 de la OIT, vigente en Perú desde 1995 mediante Resolución Legislativa N° 26253, establece la obligación de consultar a pueblos indígenas; sin embargo, el Estado omitió este proceso por más de 28 años en cientos de concesiones mineras a nivel nacional.

Las concesiones anuladas se superponen al 100 % del territorio comunal, afectando directamente actividades agrícolas, ganaderas y prácticas culturales de comunidades aimaras cuya subsistencia depende de la Pachamama, según argumentos acreditados en la demanda presentada en octubre de 2024.

Marco jurídico, posición del Estado y reacciones institucionales

La Ley N° 29785 y el Convenio 169 de la OIT exigen que la consulta previa se realice antes de cualquier medida administrativa; sin embargo, INGEMMET otorgó las concesiones mediante siete Resoluciones de Presidencia entre setiembre y noviembre de 2023, sin notificar a las comunidades afectadas.

INGEMMET sostuvo que «la concesión minera es un acto administrativo declarativo que no habilita el inicio de actividades extractivas«, mientras el Ministerio de Energía argumentó que «la consulta previa no tiene rango constitucional» y que la demanda era jurídicamente inviable en sede de amparo.

Los demandantes señalaron que la notificación mediante el diario oficial resultó «formalmente insuficiente y materialmente ineficaz», pues las comunidades rurales carecen de acceso regular a medios escritos y de conocimientos técnicos para interpretar coordenadas UTM o delimitaciones geográficas.

Análisis comparativo, obstáculos y proyecciones del fallo

A diferencia de otros casos nacionales donde la consulta previa se exigió solo desde la fase de exploración, el juzgado de Desaguadero establece un precedente al determinar que la concesión minera ya genera afectación jurídica anticipada, limitando el uso del suelo y la autodeterminación comunitaria desde su otorgamiento.

El principal obstáculo al cumplimiento de la sentencia radica en que el Estado peruano carece de un mecanismo ágil para ejecutar consultas previas sobre concesiones ya otorgadas; además, el Ministerio de Energía y Minas negó el rango constitucional de la consulta previa, lo que anticipa una probable apelación ante instancias superiores.

La sentencia ordena al Viceministerio de Interculturalidad realizar la consulta previa de forma oportuna y extenderla a todas las comunidades afectadas, abriendo un precedente regional aplicable a futuras concesiones mineras en territorios indígenas de Puno, con implicancias para decenas de proyectos similares en la región.

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