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Abogado penalista advierte que criminalizar el proceso electoral peruano es irresponsable

El penalista alerta que la empresa Galaga, contratada por la ONPE, tenía penalidades previas y no debió ser seleccionada para un proceso electoral de trascendencia nacional

Irregularidades en comicios 2026 tienen un porcentaje menor al 0.3%, según el especialista Miguel Pérez Arroyo, afectando la credibilidad institucional del sistema electoral

El abogado penalista Miguel Pérez Arroyo advirtió que criminalizar las deficiencias del proceso electoral es irresponsable, señalando que las irregularidades registradas, menores al 0.3%, no configuran delito de fraude electoral que anule los comicios.

La respuesta institucional debe ser, según el especialista, de naturaleza administrativa y funcional en primera instancia, dado que las omisiones detectadas se encuentran dentro de márgenes tolerables comparados con los tres últimos procesos electorales generales del país.

«Pensar en un delito de fraude electoral para pretender anular el proceso como lo están haciendo algunas personas, me parece que es irresponsable«, declaró Pérez Arroyo, subrayando que criminalizar deficiencias logísticas distorsiona el sistema jurídico electoral.

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Empresa Galaga y la cadena de responsabilidades en la ONPE

El contexto comparativo revela que en 2021 la tasa de mesas no instaladas fue del 0.02%, mientras que en el proceso reciente alcanzó el 0.2%, concentrándose en distritos limeños como Pachacámac, Lurín y San Juan de Miraflores.

El impacto institucional es severo porque la empresa Galaga, responsable del transporte del material electoral, tenía penalidades previas por incumplimientos contractuales, lo que según el especialista la hacía inelegible para un contrato de esta envergadura nacional.

El jefe de la ONPE, Piero Corvetto, declaró ante el Congreso que las decisiones de contratación correspondían a gerencias subalternas, argumento que Pérez Arroyo calificó de insuficiente dado el deber de vigilancia exigible a un funcionario de su jerarquía.

Técnicamente, la destitución de Corvetto requiere un proceso formal ante la Junta Nacional de Justicia, aunque la suspensión enfrenta restricciones constitucionales al no figurar el jefe de la ONPE entre los altos funcionarios del artículo 99 de la Constitución.

«El deber de cuidado que ha debido tener este funcionario ha debido ser mayor, no estamos hablando de un tema doméstico sino de trascendencia nacional e internacional», sostuvo el penalista, señalando además negligencia grave en la vigilancia contractual.

Como salida viable ante la crisis, Pérez Arroyo considera que la Secretaría General de la ONPE podría asumir excepcionalmente la conducción institucional, garantizando continuidad operativa de cara a la segunda vuelta electoral que se avecina inevitablemente.

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