En Perú, la presidenta Dina Boluarte enfrenta cuestionamientos por un aparente intento de aumentar su sueldo a S/ 35,000, superando el límite legal establecido en S/ 26,000. El exministro de Economía, Alfredo Thorne, cuestionó duramente esta iniciativa en una reciente entrevista, señalando irregularidades en el procedimiento y cuestionando las verdaderas intenciones detrás de esta medida.
No existiría un decreto que respalde formalmente este aumento, tampoco un estudio técnico que lo justifique. «Han sacado un número que no tiene ningún sentido, ese número tiene que ser justificado por un estudio, no por una opinión del Ministerio Comparado«, señaló Thorne en una entrevista.
El exministro advierte que cualquier modificación salarial presidencial requiere aprobación del Congreso y de SERVIR, ya que implica cambios en el presupuesto público. «Si la Presidenta quiere cambiar eso, tendría que ir al Congreso a decirle que aumente una partida especial para la Presidenta», explicó.
¿Qué hay detrás de este pedido de aumento?
Lo más preocupante, según Thorne, es que este aumento no solo beneficiaría temporalmente a Boluarte, sino que establecería un precedente para futuras pensiones presidenciales. «Ese sueldo va a servir para la pensión de la Presidenta y para la pensión de todos los siguientes presidentes que van a tener ese cargo», advirtió.
El exfuncionario sugiere que Boluarte estaría buscando asegurarse una pensión más elevada después del 28 de julio. Aunque reconoce que el actual sueldo presidencial de S/ 16,000, establecido durante el segundo gobierno de Alan García, podría considerarse insuficiente para el cargo.
Thorne afirma que otros expresidentes como Humala y Castillo también habrían deseado aumentar su remuneración, pero no lo hicieron por consideraciones políticas y procedimentales. «Significaba una discusión mucho más clara, más integral de la estructura salarial del servicio«, mencionó.
El marco legal y las restricciones
La Ley N° 28212 establece claramente que la remuneración presidencial no puede exceder las 10 Unidades de Ingreso del Sector Público (URSP). Para 2025, este límite se traduce en S/ 26,000, considerando que cada URSP equivale a S/ 2,600, por lo que el monto propuesto sería ilegal.
Cualquier intento de establecer un salario superior a este límite requeriría modificar la legislación vigente. La justificación basada en comparaciones con sueldos de otros presidentes latinoamericanos resulta insuficiente frente al marco normativo actual.
La polémica surge en un momento económicamente delicado para el país, cuando el MEF ha reducido sus proyecciones de crecimiento anual de 4% a 3.5%. Este contexto hace que la iniciativa sea vista como políticamente inoportuna e insensible ante las necesidades más urgentes de la población peruana.
