El Gobierno peruano establece descanso remunerado y tolerancia laboral para ciudadanos que actúen como miembros de mesa durante las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2026-TR del Ministerio de Trabajo.
Los miembros de mesa sorteados que completaron capacitación recibirán un día libre no compensable, mientras quienes no se capacitaron o fueron seleccionados el mismo día electoral gozarán de descanso compensable el lunes 13 de abril de 2026.
El artículo 55 de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 precisa que el trabajador que cumpla la función de miembro de mesa recibe «un día de descanso remunerado con carácter no compensable», acreditado mediante el Certificado de Participación de la ONPE.
Trabajadores fuera de su lugar de votación también tienen protección
Adicionalmente, los trabajadores que laboran en zonas distintas a su lugar de votación podrán ausentarse los días 11, 12 y 13 de abril, siempre que acrediten haber ejercido su voto, con obligación de recuperar las horas.
Esta medida impacta a empleados del sector público y privado a nivel nacional, garantizando que ningún ciudadano pierda ingresos por ejercer su derecho al voto o cumplir funciones electorales obligatorias establecidas por ley.
Las horas no laboradas se recuperarán en los diez días calendario posteriores o en la fecha que fije el empleador, quien también decide el mecanismo de compensación cuando no exista acuerdo con el trabajador.
















