Mientras el Gobernador Regional de Puno, Richard Hancco huye de la región de Puno antes de asumir su responsabilidad sobre la elección del terreno para el COAR Puno, ante las anunciadas protestas, el informe número 08-2025 emitido por el especialista en estudios de preinversión pública del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED) el 3 de febrero de 2025 afirma que la elección del terreno para el COAR es únicamente del gobernador, tal como se indica en el convenio del año N° 154-2014.
El documento, firmado por José Bernardo Quispe Guerra, contradice las recientes declaraciones del gobernador Richard Hancco y su gerente general Óscar Macedo Cárdenas, quienes afirmaban que la decisión final correspondía al PRONIED. «No corresponde al MINEDU elegir el terreno definitivo para la construcción del COAR-P, lo cual sí corresponde ser asumido por el GORE Puno», señala expresamente el informe.

Según el análisis técnico, los terrenos propuestos en las provincias de San Román, Puno y Lampa cumplen con los criterios básicos para albergar esta infraestructura educativa. Sin embargo, el PRONIED aplicó una matriz de ponderación con criterios específicos para evaluar cada propuesta, otorgando puntajes sobre un total de 100 puntos.
El terreno ubicado en la provincia de San Román obtuvo la calificación más alta con 79 puntos, destacando en saneamiento físico legal (25/25), características urbanas (15/15) e identificación de riesgos (16/20). Mientras tanto, la propuesta de Puno alcanzó 73 puntos, con ventajas similares en saneamiento legal pero menores puntuaciones en aspectos como condiciones del suelo.

La propuesta de Lampa no participó en la ponderación final debido a que su proceso de saneamiento físico legal a favor del MINEDU aún no ha concluido. No obstante, el informe aclara que esta opción no queda excluida definitivamente, pudiendo subsanarse dicha situación en etapas posteriores si el Gobierno Regional decidiera elegirla.

El convenio número 154-2014-MINEDU, suscrito entre el GORE Puno y el Ministerio de Educación, establece claramente que corresponde al gobierno regional proporcionar el terreno definitivo con el saneamiento físico legal correspondiente. Aunque inicialmente se había previsto un terreno, este se encuentra actualmente invadido, motivo por el cual se evaluaron nuevas alternativas.
«El terreno de la provincia de San Román podría ser elegido para el proyecto de inversión del COARP Puno, salvo mejor parecer del Gobierno Regional de Puno», concluye el informe, confirmando que la decisión final corresponde exclusivamente a la gestión regional, más allá de las recomendaciones técnicas presentadas por el PRONIED.
Cuadro Comparativo de Terrenos Propuestos para el COAR Puno
| Criterio de evaluación | Ponderación | San Román | Puno | Lampa |
|---|---|---|---|---|
| Área, perímetro y topografía | 5 | 5 | 3 | No evaluado* |
| Condición del suelo del terreno | 10 | 6 | 3 | No evaluado* |
| Características urbanas | 15 | 15 | 15 | No evaluado* |
| Saneamiento físico legal | 25 | 25 | 25 | Pendiente |
| Agua y alcantarillado | 10 | 3 | 4 | No evaluado* |
| Energía eléctrica | 10 | 4 | 3 | No evaluado* |
| Identificación de riesgo | 20 | 16 | 15 | No evaluado* |
| Análisis de incompatibilidad de ubicación | 5 | 5 | 5 | No evaluado* |
| PUNTUACIÓN TOTAL | 100 | 79 | 73 | N/A |
*No evaluado: El terreno de Lampa no completó la evaluación de varios criterios.
El terreno de Lampa no participó en la evaluación final debido a que su proceso de saneamiento físico legal a favor del MINEDU está pendiente de culminación, aunque podría ser considerado posteriormente si el Gobierno Regional lo decide. Nota importante: Según el informe N° 08-2025 del PRONIED, la decisión final sobre la ubicación corresponde exclusivamente al Gobierno Regional de Puno, de acuerdo al convenio N° 154-2014-MINEDU.


