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Contraloría revela que gerente de Beneficencia de Puno no cumple el perfil para asumir dicho cargo

La Beneficencia de Puno designó a un gerente que no cumplía el perfil requerido al no acreditar 8 años de experiencia según informe de Contraloría

La Beneficencia de Puno designó como gerente a Denis Macedo pese a que no cumplía con la experiencia mínima requerida para el cargo según Contraloría

El directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Puno, designó al ingeniero Denis Daniel Macedo Vilca, como gerente general de dicha institución, sin que éste cumpla el perfil establecido en la normativa aplicable, situación que afectó los principios de legalidad e idoneidad y correcto funcionamiento administrativo de la entidad benéfica.

Un informe de la Contraloría General de la República, señala que Polán Ferro Gonzales, presidente de la Sociedad de Beneficencia de Puno, resolvió designar al ingeniero electrónico Denis Daniel Macedo Vilca, en el cargo de confianza de gerente general de la Sociedad de la Beneficencia de Puno a partir del 16 de mayo de 2023.

La norma dice que, para ocupar dicho cargo, el profesional debe contar con título profesional universitario; contar con experiencia mínima de ocho años en entidades públicas o privadas, de los cuales tres años deben de ser ocupando cargos directivos; y no tener impedimentos para asumir la designación.

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Del curriculum vitae presentado por Denis Daniel Macedo Vilca, se advierte que, ostenta el título profesional de Ingeniero Electrónico por la Universidad Nacional del Altiplano Puno – desde el 26 de abril de 2017, por lo que se concluye que al momento de ser designada en el cargo de confianza de Gerente General de la Sociedad de Beneficencia de Puno cumplía con los requisitos mínimos establecidos.

Sin embargo, en la información proporcionada por Macedo Vilca, no se ubica el documento denominado «declaración jurada» que acredite que el citado profesional no cuenta con impedimentos para el ejercicio del cargo, este requisito debió de ofrecerse de acuerdo al anexo 2 de la Resolución Ministerial 128-2019-MIMP.

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