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Municipalidades deben publicar diseño de cédula de sufragio para elecciones de autoridades de centros poblados

Las municipalidades provinciales deben publicar el diseño de la cédula de sufragio que se emplearán en los comicios de autoridades de centros poblados. | Foto: Imagen ilustrativa/Difusión

Las municipalidades provinciales deben publicar el martes 23 de agosto, el diseño de la cédula de sufragio que se emplearán en los comicios de autoridades municipales de 1,914 centros poblados. Del mismo modo, deben publicar y difundir el procedimiento de ubicación de las candidaturas en las cédulas que se emplearán el domingo 6 de noviembre.

Esto será en cumplimiento del cronograma electoral de las elecciones de autoridades de centros poblados correspondiente al año 2022, aprobado con Resolución de Gerencia General N°. 000003-2022 y para ello la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) brinda asistencia técnica.

Esta asistencia consiste en un documento titulado “Manual de Asistencia Técnica para organizar Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados” que contiene modelos referenciales de cédulas de sufragio para que los comités electorales responsables de los comicios en cada jurisdicción seleccionen el diseño definitivo.

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Los municipios de centros poblados, cuentan con un alcalde y cinco regidores, quienes se encargan de las funciones y de los servicios públicos que les han sido delegadas por sus municipalidades provinciales. Estas autoridades se eligen por voto universal y secreto de los vecinos.

Asimismo, el 26 de agosto, las municipalidades provinciales deben llevar a cabo el sorteo de selección y la publicación de la relación de miembros de mesa para dicho proceso. Posteriormente, se dará inicio al periodo de presentación de tachas que se extenderá hasta el 6 de septiembre.

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