El constitucionalista Luciano López Flores afirma que el Senado solo puede revisar “lo aprobado” por Diputados, tras analizar el dictamen de la Comisión de Constitución del Congreso de la República, fechado el 30 de setiembre de 2025.
El jurista recurrió a la fuente original porque senadores y colegas constitucionalistas insisten en que la cámara alta puede pronunciarse sobre “lo no aprobado”, y sostiene que el artículo 25.a limita esa competencia a lo remitido por Diputados.
Para López, cualquier modificación recae únicamente sobre lo aprobado, y como respaldo remite a las páginas 35, 42 y 46 del documento. Sobre ellas afirma: “Las imágenes adjuntas son la prueba”.
Un artículo acota la competencia del Senado
De acuerdo con el dictamen, el artículo 25.a, reconoce al senador el derecho de revisar las propuestas legislativas aprobadas por Diputados, “aprobándolas, rechazándolas o modificándolas de manera complementaria”, sin incorporar materias distintas a las que envió esa cámara.
La norma se complementa con el artículo 142, que establece que las modificaciones no pueden desnaturalizar la propuesta remitida por Diputados, mientras la Constitución, en su artículo 102-A, permite al Senado “aprobar, modificar o rechazar” esas iniciativas.
Según el artículo 105, “Rechazado el proyecto de ley por la Cámara de Diputados, este se archiva”, y el plazo de revisión del Senado vence al término del siguiente periodo anual de sesiones.
El dictamen también recoge reparos ya que Lucas Ghersi Murillo cuestiona que el Senado modifique proyectos sin devolverlos a su cámara de origen y propone que ambas cámaras aprueben “EL MISMO TEXTO” antes de que sea ley.








