El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) no entregará credenciales de alcalde a quienes ejercieron el cargo en el periodo anterior y postularon como primeros regidores, una medida que alcanzaría al alcalde de Lima Rafael López Aliaga.
Según la secretaria del JNE Yessica Elisa Clavijo Chipoco, ser primer regidor no habilita para asumir la alcaldía, y quien ejerció el cargo tampoco podrá asumirlo por sucesión ante una suspensión o vacancia (salida definitiva) ni postular en las elecciones de 2030.
La funcionaria explicó que la medida responde a la llamada reelección encubierta, es decir, postular como primer regidor para volver a ser alcalde, y que el JNE velará por la Constitución: “No se puede ir en contra de la Constitución”.
Criterios distintos y seis casos por corregir
Desde el 29 de octubre, cuando el JNE anunció que revisaría por iniciativa propia las actas de proclamación, los jurados electorales especiales tomaron posturas distintas: en Ica proclamaron a la segunda regidora, y en Condorcanqui al alcalde actual, Hermógenes Lozano Trigoso, de Somos Perú.
La resolución, aún por emitirse, corregirá seis proclamaciones en los distritos de Marca (Recuay, Áncash), San Jerónimo de Tunán (Huancayo, Junín), La Esperanza y Víctor Larco Herrera (Trujillo, La Libertad), Zapatero (Lamas, San Martín) y en la provincia de Condorcanqui (Amazonas).
En esos casos se proclamará como alcalde al regidor hábil que sigue en la lista, que será el segundo si el primero ya ejerció la alcaldía, y en la municipalidad provincial de Trujillo se corregirá otro resultado por la cifra repartidora.
Caso López Aliaga y fundamentos de la medida
Sobre el burgomaestre limeño, la vocera precisó que la Oficina Nacional de Procesos Electorales aún no llega al 100 % de votos contabilizados, aunque los resultados ya son irreversibles, y que, si se oficializan, no podrá asumir por haber postulado como primer regidor.
Ante la pregunta de por qué no se decidió antes de las elecciones, para un voto informado, la secretaria respondió que no hay norma expresa que prohíba a un exalcalde postular como regidor y que impedirlo habría vulnerado el principio de participación política.
La vocera recordó que en las elecciones municipales se vota por listas cerradas y bloqueadas, y que, cuando el alcalde no puede asumir, lo asume el siguiente regidor hábil, según la Constitución y las leyes de Elecciones Municipales y Orgánica de Municipalidades.
Qué sigue: apelaciones y decisión definitiva
Con la decisión del pleno, el JNE fija un criterio único nacional para estos casos de reelección encubierta, que alcanza a otros 20 casos en distintas regiones, además del burgomaestre limeño.
Por otro lado, los jurados electorales especiales son autónomos y sus decisiones pueden apelarse ante el JNE, que además las revisará de oficio y ordenará rectificaciones si contradicen los lineamientos fijados, explicó la funcionaria.
En cambio, los pronunciamientos del pleno del JNE son definitivos y no se pueden apelar, precisó la vocera, y la resolución se publicará y notificará a los jurados especiales; el JNE prevé completar la revisión durante noviembre.









