Jhon Junior Cruz Calcina, exfuncionario de entidades públicas, sostiene que se debe diferenciar la supervisión de las obras por administración directa y las obras por contrata, cada una de ellas con una diferente administración.
Detalló que en el caso de obras por contrata, se le da muchas atribuciones a la empresa consultora; mientras que a las obras por administración directa, recae la responsabilidad del jefe de supervisión de la comuna local, tiene un compromiso directo.
Además resaltó que en la realización de obras, la exigencia técnica disminuye cuando la empresa ejecutora y la empresa consultora se ponen de acuerdo sobre montos presupuestales y/o supervisión del trabajo; que perjudica el avance del proyecto.
Sin embargo, este panorama está cambiando a causa; por ejemplo, de llevar el cuaderno de obra de forma digital, lo cual disminuye los actos de corrupción, explicó el profesional en Valgan Verdades de Pachamama Radio.